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2021 – 12 Consultoría Fiscal

 

Quinta versión anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2021

 

El 5 de abril de 2021 se publicó en el portal de Internet del Servicio de Administración Tributaria (www.sat.gob.mx) la quinta versión anticipada de la Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, así como una nueva versión de su Anexo 1-A, mismas que se encuentran pendientes de ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), por lo que los comentarios del presente Flash informativo pudieran ser modificados una vez efectuada la publicación definitiva.

 

A continuación se describen los temas que consideramos relevantes de esta quinta versión anticipada, sin incluir aquellos que fueron comentados a través de nuestros Flashes Informativos 2021-4, 2021-7 y 2021-10, los cuales no sufrieron modificaciones en esta versión; sin embargo, recomendamos que su contenido sea revisado en lo individual para poder identificar otros temas que pudiesen ser de interés y que no se comentan en este Flash informativo.

 

Prórroga información ISSIF de operaciones celebradas con partes relacionadas 2020

(Regla 13.3. y Ficha de trámite 307/CFF del Anexo 1-A)

 

Se otorga a los contribuyentes obligados a presentar la información sobre su situación fiscal (ISSIF) a que se refiere el artículo 32-H del Código Fiscal de la Federación y que hubieran realizado operaciones con partes relacionadas durante el ejercicio fiscal de 2020, la opción de no incluir la información relativa a los apartados denominados “Información de operaciones con partes relacionadas” e “Información sobre sus operaciones con partes relacionadas” cuando presenten su declaración anual correspondiente a dicho ejercicio.

 

Lo anterior resulta aplicable en la medida en que se cumpla con lo siguiente: (1) el contribuyente cuente con certificado de e.firma vigente; (2) la información de los referidos apartados se presente a más tardar el 30 de septiembre de 2021; (3) la información de los referidos apartados se presente completa, sin errores o inconsistencias; y (4) la información de los referidos apartados se envíe atendiendo a lo establecido en la ficha de trámite 307/CFF “Presentación de la información sobre situación fiscal 2020 respecto de operaciones con partes relacionadas” contenida en el Anexo 1-A de la RMF.

 

Al respecto, la referida ficha de trámite 307/CFF también se adicionó en el Anexo 1-A que se publicó en la quinta versión anticipada de modificaciones al Anexo 1-A. En la citada ficha se establece el procedimiento para llevar a cabo la presentación de la información correspondiente.

 

Prórroga Declaración Anual Personas Físicas 2020

(Regla 13.4.)

 

Se amplía al día 31 de mayo de 2021 el plazo máximo para llevar a cabo la presentación de la declaración anual de las personas físicas residentes en México correspondiente al ejercicio fiscal de 2020.

 

*     *     *     *     *

 

Ciudad de México

   Abril de 2021

 

 

El presente Flash Informativo contiene información de carácter general y no pretende incluir interpretación alguna de lo aquí comentado, por lo que no debe considerarse aplicable respecto de un caso particular o bajo circunstancias específicas. La información aquí contenida es válida en la fecha de emisión de esta comunicación; sin embargo, no garantizamos que la información continúe siendo válida en la fecha en que se reciba o en alguna otra fecha posterior. Por lo anterior, recomendamos solicitar confirmación acerca de las implicaciones en cada caso particular.


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