2021 – 12 Consultoría
Fiscal
Quinta versión anticipada de la
Primera Resolución de Modificaciones a la RMF para 2021
El 5 de abril de 2021 se publicó en el
portal de Internet del Servicio de Administración Tributaria (www.sat.gob.mx) la quinta versión anticipada de la
Primera Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para
2021, así como una nueva versión de su Anexo 1-A, mismas que se encuentran pendientes
de ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), por lo que los
comentarios del presente Flash informativo pudieran ser modificados una vez
efectuada la publicación definitiva.
A continuación se describen los temas que
consideramos relevantes de esta quinta versión anticipada, sin incluir aquellos
que fueron comentados a través de nuestros Flashes Informativos 2021-4, 2021-7
y 2021-10, los cuales no sufrieron modificaciones en esta versión; sin embargo,
recomendamos que su contenido sea revisado en lo individual para poder
identificar otros temas que pudiesen ser de interés y que no se comentan en
este Flash informativo.
Prórroga información ISSIF de operaciones
celebradas con partes relacionadas 2020
(Regla 13.3. y Ficha de trámite 307/CFF del Anexo 1-A)
Se otorga a los contribuyentes obligados a presentar la información sobre su situación fiscal (ISSIF) a que se refiere el artículo 32-H del Código Fiscal de la Federación y que hubieran realizado operaciones con partes relacionadas durante el ejercicio fiscal de 2020, la opción de no incluir la información relativa a los apartados denominados “Información de operaciones con partes relacionadas” e “Información sobre sus operaciones con partes relacionadas” cuando presenten su declaración anual correspondiente a dicho ejercicio.
Lo anterior resulta aplicable en la medida en que se
cumpla con lo siguiente: (1) el contribuyente cuente con certificado de e.firma
vigente; (2) la información de los referidos apartados se presente a más tardar
el 30 de septiembre de 2021; (3) la información de los referidos apartados se
presente completa, sin errores o inconsistencias; y (4) la información de los
referidos apartados se envíe atendiendo a lo establecido en la ficha de trámite
307/CFF “Presentación de la información sobre situación fiscal 2020 respecto de
operaciones con partes relacionadas” contenida en el Anexo 1-A de la RMF.
Al respecto, la referida ficha de trámite 307/CFF también
se adicionó en el Anexo 1-A que se publicó en la quinta versión anticipada de
modificaciones al Anexo 1-A. En la citada ficha se establece el procedimiento
para llevar a cabo la presentación de la información correspondiente.
Prórroga Declaración Anual Personas
Físicas 2020
(Regla 13.4.)
Se amplía al día 31 de mayo de 2021 el plazo máximo
para llevar a cabo la presentación de la declaración anual de las personas
físicas residentes en México correspondiente al ejercicio fiscal de 2020.
* * *
* *
Ciudad de México
Abril de 2021
El presente Flash Informativo
contiene información de carácter general y no pretende incluir interpretación
alguna de lo aquí comentado, por lo que no debe considerarse aplicable respecto
de un caso particular o bajo circunstancias específicas. La información aquí
contenida es válida en la fecha de emisión de esta comunicación; sin embargo,
no garantizamos que la información continúe siendo válida en la fecha en que se
reciba o en alguna otra fecha posterior. Por lo anterior, recomendamos solicitar
confirmación acerca de las implicaciones en cada caso particular.
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