Home >Nuevo Registro Central de Titularidades Reales




2023 – 12 España

 

Nuevo Registro Central de Titularidades Reales

 

El próximo día 19 de septiembre de 2023 entra en vigor el Real Decreto 609/2023 de 11 de julio mediante el cual se crea el nuevo Registro Central de Titularidades Reales.  Se trata de un registro público y centralizado, a través del cual se puede acceder a la información sobre titularidad real de las personas jurídicas y otras entidades o estructuras sin personalidad jurídica.

 

El Registro Central de Titularidades Reales se crea con el objeto de desarrollar lo previsto en las disposiciones adicionales tercera y cuarta de la Ley 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo (“Ley 10/2010”), en su redacción dada por el Real Decreto-Ley 7/2021, de 25 de abril, en cumplimiento de lo establecido por las directivas de la Unión Europea (“UE”) en las materias de competencia y prevención de blanqueo de capitales.

 

Del contenido de este nuevo registro se deben destacar los siguientes aspectos:

 

(I)             Se considera titular real (beneficiario efectivo o UBO, en términos anglosajones) de acuerdo con el artículo 4 de la Ley 10/2020 a:

§  Las personas físicas por cuya cuenta se pretenda establecer una relación de negocios o intervenir en cualesquiera operaciones.

§  Las personas físicas que en último término posean o controlen, directa o indirectamente, un porcentaje superior al 25 por ciento del capital o de los derechos de voto de una persona jurídica, o que por otros medios ejerzan el control, directo o indirecto, de una persona jurídica. A efectos de la determinación del control serán de aplicación, entre otros, los criterios establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio.

 

§  En el caso de los fidecomisos como el trust anglosajón, los fideicomitentes, fiduciarios, protectores, beneficiarios y cualquier otra persona física que ejerza en último término control del fidecomiso.  

 

(II)            El registro va a contener información sobre la titularidad real de las siguientes entidades:

§  Todas las personas jurídicas de nacionalidad española.

§  Entidades o estructuras sin personalidad jurídica que tengan la sede de su dirección efectiva o su principal actividad en España o que estén administradas o gestionadas por personas físicas o jurídicas residentes o establecidas en España.

§  Entidades o estructuras sin personalidad jurídica que, no estando gestionadas o administradas desde España u otro Estado miembro de la UE, y no estando registradas en ellos, pretendan establecer relaciones de negocio, realizar operaciones ocasionales o adquirir bienes inmuebles en España. En esta categoría se incluyen expresamente los fidecomisos tipo trust.   

 

(III)          La información sobre la titularidad real de estas entidades la proporcionaran los Registros de Fundaciones, Asociaciones, Cooperativas, Sociedades Agrarias de Transformación, Mercantil y otros que puedan disponer de información relacionada con las mismas.

 

No obstante, las entidades que no hayan declarado información en dichos registros, como ocurrirá en el caso de los trust, deberán declarar su titularidad real de forma directa al registro en el plazo de dos meses desde la entrada en vigor de este. En todo caso, en enero de cada año se realizará una declaración anual.

 

(IV)          La información registral recogida debe ser suficiente para identificar las personas físicas que son titulares reales y los medios y mecanismos a través de los cuales ejercen la propiedad efectiva o el control, recogiendo los siguientes datos concretos:

§  Nombre y apellidos.

§  Fecha de nacimiento.

§  Tipo y número de documento identificativo, detallando el país de expedición de documento identificativo en el caso de que no sea español.

§  País de residencia y nacionalidad.

§  Dirección de correo electrónico.

§  Criterio que cualifica a dicha persona como titular real (incluyendo el porcentaje de participación en el caso de titularidades reales por participación directa o indirecta).

 

(V)           La información incorporada en este nuevo registro no solo será accesible para las autoridades con competencias en prevención de blanqueo de capitales, tanto españoles como de otros países de la UE, sino también a toda aquella persona que pueda demostrar interés legítimo.

(VI)          La información se conservará y actualizará durante la vida de las personas jurídicas o entidades o estructuras sin personalidad jurídica y se mantendrá por un periodo de diez años tras su extinción.

.

*     *     *     *     *

 

 

Para más información sobre estas u otras cuestiones relacionadas con derecho español, no duden en contactar con los socios de nuestra oficina de España:

 

Pere Pons

pere.pons@chevez.com

 

Miguel Bastida

mbastida@chevez.com

 

Guillermo Bueno

gbueno@chevez.com

 

Paula Hernández

paula.hernandez@chevez.com

 

Madrid (España)

 Agosto 2023

 

 

El presente Flash Informativo contiene información de carácter general y no pretende incluir interpretación alguna de lo aquí comentado, por lo que no debe considerarse aplicable respecto de un caso particular o bajo circunstancias específicas. La información aquí contenida es válida en la fecha de emisión de esta comunicación; sin embargo, no garantizamos que la información continúe siendo válida en la fecha en que se reciba o en alguna otra fecha posterior. Por lo anterior, recomendamos solicitar confirmación acerca de las implicaciones en cada caso particular.

 

Información de Soporte

 

AVISO LEGAL

TODOS LOS DERECHOS RESERVADOS ©2023, CHEVEZ, RUIZ, ZAMARRIPA Y CIA, S.C., AVENIDA VASCO DE QUIROGA #2121, 4° PISO, COLONIA PEÑA BLANCA SANTA FE, DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN, CIUDAD DE MÉXICO, MÉXICO.

Todo el contenido (publicaciones, marcas y Reservas de Derechos) antes mostrado es propiedad de CHEVEZ, RUIZ, ZAMARRIPA Y CIA, S.C., mismo que se encuentra protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor, la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial y los Tratados Internacionales de los que el Estado Mexicano sea parte.

Todo uso no autorizado por cualquier medio conocido o por conocerse, ya sea de forma escrita, digital o impresa, será castigado y perseguido conforme a la legislación aplicable. Queda prohibido copiar, editar, reproducir, distribuir o cualquier otra forma de explotación, mediante cualquier medio, sin la autorización por escrito de CHEVEZ, RUIZ, ZAMARRIPA Y CIA, S.C.

 


Información de soporte