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2024 – 4 Comercio Exterior

 

Avisos automáticos de importación de Productos Siderúrgicos

 

El 15 de abril de 2024 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el “ACUERDO por el que se modifica el diverso por el que la Secretaría de Economía emite Reglas y criterios de carácter general en materia de comercio exterior”, a través del cual 72 fracciones arancelarias de los capítulos 72 y 73 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación se adicionaron al esquema de avisos automáticos de importación de productos siderúrgicos.

 

Por lo que a partir del 16 de abril del presente año las mercancías clasificadas en las 72 fracciones arancelarias antes señaladas, deberán cumplir con el aviso automático de importación de productos siderúrgicos para poder ser importadas a territorio nacional.

 

Es importante mencionar que el Acuerdo en comento modifica los requisitos que deberán de contener los Certificados de molino y de calidad que son indispensables para presentar el aviso automático de importación de productos siderúrgicos, aclarando que aquellos certificados expedidos previo a la entrada en vigor del Acuerdo continuarán siendo válidos siempre que: i) contengan la ubicación del Molino o fabricante, aun cuando no especifiquen el país de origen del acero o de la mercancía a importar y ii) contengan el número de colada, embarque, folio o número de orden, aun cuando no contengan expresamente el número de certificado.

 

En adición a lo anterior, modifica los requisitos para tramitar dichos avisos en el portal de la Ventanilla Única de Comercio Exterior, por lo que recomendamos que éstos sean revisados antes de presentar un aviso automático de importación de productos siderúrgicos.

 

Es de destacar que el Acuerdo de referencia crea un Registro de Importadores de Productos Siderúrgicos que faculta a los importadores que opten por inscribirse en el mismo, para poder solicitar permisos automáticos de importación de productos siderúrgicos con una vigencia de un año, el cual podrá ser autorizado hasta por una cantidad equivalente al volumen de las importaciones realizadas en los 12 meses inmediatos anteriores.

 

Por último, el Acuerdo de referencia indica que las solicitudes de avisos automáticos de importación de productos siderúrgicos continuarán tramitándose con los campos que actualmente se encuentran disponibles en la Ventanilla Digital Mexicana de Comercio Exterior, hasta en tanto la Dirección General de Facilitación Comercial y de Comercio Exterior adecúe la información conducente e informe a los usuarios de dicha actualización.

 

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Ciudad de México

  Abril 2024

 

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