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2023 – 13 Comercio Exterior

 

Prórroga Decreto exención aranceles canasta básica y

modificaciones Decreto PROSEC

 

El 27 de diciembre de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “DECRETO por el que se modifica el diverso por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica y de consumo básico de las familias”, a través del cual se amplía la temporalidad para gozar de los beneficios que ahí se establecen, mismo que entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

 

Por otro lado, con misma fecha se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “DECRETO por el que se reforma el diverso por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial”, a través del cual se adicionaron dos fracciones arancelarias para los sectores que ahí se indican, mismo que entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

 

Decreto exención aranceles importación -canasta básica-

 

Mediante la publicación del referido decreto se reformaron los artículos Primero y Cuarto transitorios del “Decreto por el que se exenta el pago de arancel de importación y se otorgan facilidades administrativas a diversas mercancías de la canasta básica y de consumo básico de las familias” (en adelante, “Decreto exención aranceles importación -canasta básica-”, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 6 de enero de 2023 y sus posteriores modificaciones, a fin de prorrogar la vigencia de los beneficios establecidos en el mismo. 

 

Conforme a la reforma al artículo Primero transitorio se amplió el beneficio general de importar de manera definitiva a territorio nacional las mercancías listadas en el artículo Primero del “Decreto exención aranceles importación -canasta básica-”, gozando de una exención del 100% del pago del impuesto general de importación hasta el 31 de diciembre de 2024, sin necesidad de estar inscritos en el Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica.

 

Por su parte, el artículo Cuarto transitorio fue reformado para señalar que aquellas Empresas Importadoras de Productos de la Canasta Básica registradas en el “Padrón de Importadores de Productos de la Canasta Básica” que acrediten haber celebrado un contrato para la adquisición de las mercancías referidas en los artículos Primero y Segundo del “Decreto exención aranceles importación -canasta básica-” durante el periodo del 20 de octubre de 2022 al 31 de diciembre de 2024, podrán aplicar los beneficios de este último hasta el 31 de marzo de 2025, siempre que a más tardar el 10 de enero de 2025 presenten ante el Servicio de Administración Tributaria dichos contratos, conforme a las reglas de carácter general que al efecto emita este órgano administrativo desconcentrado.

 

Decreto PROSEC

 

A través del  “Decreto por el que se reforma el diverso por el que se establecen diversos Programas de Promoción Sectorial” se expone que en el mercado nacional existe una reducida oferta de resina PET Poli (Tereftalato de Etileno) con un índice de viscosidad superior o igual a 78 ml/g que se utiliza en la industria de manufacturas de caucho y plástico, lo que impacta negativamente en la producción de envases ligeros, transparentes y resistentes, utilizados para el almacenamiento de agua, refrescos, jugos, artículos de limpieza, productos de cuidado personal, aceite de cocina, entre otros, lo cual pone en riesgo la cadena de producción con sus consecuentes afectaciones en las opciones disponibles de este tipo de bienes, en detrimento de los consumidores.

 

Conforme a lo anterior, fueron adicionadas al artículo 5, fracciones XII y XX, inciso a) del Decreto en cuestión, referentes a las Industrias de Manufacturas del Caucho y Plástico, y Textil y de la Confección, las fracciones arancelarias 3907.61.01 y 3907.69.99 que clasifican a la resina PET Poli (Tereftalato de Etileno), en la primera de dichas fracciones, con un índice de viscosidad superior o igual a 78 ml/g, mientras que en la segunda fracción, con la acotación relativa a un índice de viscosidad superior o igual a 78 ml/g; ambas, con un arancel preferencial del 9% que no afecta al sector productivo.

 

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Ciudad de México

Diciembre 2023

 

 

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