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2023 – 8 Seguridad Social

 

IMSS beneficios y facilidades a patrones en Guerrero por huracán OTIS.

 

El 2 de noviembre de 2023 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo número ACDO.AS2.HCT.311023/278.P.DIR dictado por el Consejo Técnico del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), en sesión ordinaria de 31 de octubre del presente año, por el cual se confirman y otorgan beneficios fiscales y facilidades administrativas a patrones o sujetos obligados con centros de trabajo o establecimientos ubicados en el Estado de Guerrero.

 

Al respecto, el Consejo Técnico del IMSS, con motivo de las afectaciones generadas por el huracán OTIS en el Estado de Guerrero, determinó autorizar al Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Guerrero del Instituto Mexicano del Seguro Social y sus Subdelegaciones, para que otorguen a los patrones o sujetos obligados afectados las facilidades necesarias para la celebración de convenios de pago a plazos, ya sea en forma diferida o en parcialidades, de los créditos adeudados que se hayan causado durante los meses de octubre, noviembre y diciembre de 2023, y cuyo pago debiera efectuarse a más tardar el día 17 de noviembre, el 17 de diciembre o el 17 de enero de 2024, respectivamente, sin solicitar la garantía del interés fiscal.

 

Lo anterior sólo será aplicable a la parte de la cuota patronal que les corresponda cubrir; en todo caso, las cuotas que se retengan a los trabajadores deberán ser cubiertas en los términos y condiciones que establece la Ley del Seguro Social.

 

Asimismo, el Consejo Técnico del IMSS ha resuelto que los patrones o sujetos obligados con centros de trabajo o establecimientos ubicados en el Estado de Guerrero que cuenten con autorización para efectuar el pago, ya sea en forma diferida o en parcialidades, de sus créditos adeudados en los términos de los artículos 40 C y 40 D de la Ley del Seguro Social anteriores a octubre de 2023, podrán diferir el pago de las parcialidades correspondientes al propio mes de noviembre de 2023 y las subsecuentes, reanudando su pago en los mismos términos y condiciones autorizadas, a partir del mes de enero de 2024, sin que generen recargos por prórroga o mora.

 

Por otro lado, dentro de los beneficios otorgados se encuentra la autorización, de manera excepcional y previa solicitud de los patrones o sujetos obligados que cuenten con sus centros de trabajo o cualquier otro establecimiento en alguno de los municipios afectados por el huracán OTIS, del pago a plazos o diferido de las cuotas a su cargo hasta por los seis periodos posteriores a la fecha de su solicitud, sin que al efecto resulte necesario garantizar el interés fiscal respectivo, siendo que dicha autorización solo será aplicable a la parte de la cuota patronal que le corresponda.

 

A ese respecto, el Consejo Técnico del IMSS ha tenido a bien delegar al Órgano de Operación Administrativa Desconcentrada Estatal Guerrero del Instituto Mexicano del Seguro Social, la facultad de autorizar los Convenios de pago a plazos o diferido de las cuotas que sean solicitados; de igual forma, ha instruido al referido órgano y sus Subdelegaciones para que se abstengan de ordenar o practicar nuevos actos de fiscalización y cobranza hasta el mes de enero de 2024, así como, de octubre a diciembre de 2023, se abstengan de imponer multas o, en su caso, dejen sin efecto las impuestas a los patrones y sujetos obligados que lo soliciten y obtengan autorización para el pago a plazos de las cuotas.

 

Finalmente, el Consejo Técnico del IMSS ha declarado como inhábiles los días comprendidos desde el 24 de octubre de 2023 y hasta a aquel en que se determine por el propio Consejo Técnico, con base en la información proporcionada en la materia por las autoridades correspondientes, que han cesado las condiciones de emergencia para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones y/o requerimientos; periodo durante el cual, para todos los efectos legales y/o administrativos, no correrán plazos ni términos.

 

Es de resaltar que el referido ACDO.AS2.HCT.311023/278.P.DIR dictado por el Consejo Técnico del IMSS entró en vigor de manera inmediata, tras su aprobación en sesión ordinaria de 31 de octubre de 2023.

 

Recomendamos que dicha publicación sea revisada en lo individual para poder identificar oportunamente temas que pudieran ser de interés y que no se comentan en el presente Flash Informativo.

 

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Ciudad de México

 Noviembre 2023

 

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