2022 – 13 Comercio
Exterior
Actualización tasas preferenciales
En fechas recientes, se han publicado en el Diario
Oficial de la Federación (DOF) diversos Acuerdos y un Decreto mediante los
cuales se actualizan las tasas aplicables del Impuesto General de Importación para
las mercancías originarias de los Estados parte de cada Acuerdo Comercial.
Lo anterior, derivado de la nueva Ley de los
Impuestos Generales de Importación y de Exportación publicada en el DOF el 7 de
junio de 2022, misma que entrará en vigor a más tardar en diciembre del año en
curso.
Por medio del presente, señalamos los acuerdos
que se han actualizado:
§ El 31 de agosto de 2022, “ACUERDO por el que se da a conocer las Tasa
Aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias
del Reino Unido de la Gran Bretaña e Irlanda del Norte”.
§ El 31 de agosto de 2022, “ACUERDO por el que se da a conocer las Tasa
Aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias
de la comunidad europea, del Principado de Andorra y de la República de San
Marino”.
§ El 31 de agosto de 2022, “ACUERDO por el que se da a conocer las Tasa
Aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias
del Japón”.
§ El 31 de agosto de 2022, “ACUERDO por el que se da a conocer las Tasa
Aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias
de la región conformada por México, Australia, Brunéi, Canadá, Chile, Japón,
Malasia, Nueva Zelanda, Perú, Singapur y Vietnam, que corresponder a Vietnam”.
§ El 5 de septiembre de 2022, “ACUERDO por el que se da a conocer las
Tasa Aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias
de los Estados de la Asociación Europea de Libre Comercio”.
§
El 5 de septiembre de 2022, “ACUERDO
por el que se dan a conocer las preferencias arancelarias del Decimoquinto y Decimosexto
Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica No. 6 celebrado
entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Argentina”.
§ El 5 de septiembre de 2022, “ACUERDO por el que se da a conocer las
Tasa Aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías
originarias de la República del Perú”.
§ El 5 de septiembre de 2022, “ACUERDO por el que se dan a conocer las
preferencias arancelarias del Apéndice I del Acuerdo de Complementación
Económica No. 55, suscrito entre los Estados Unidos Mexicanos
y la República Argentina, la República Federativa del Brasil, la
República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, siendo los últimos
cuatro Estados Partes del Mercado Común del Sur” .
§ El 5 de septiembre de 2022, “ACUERDO por el que se dan a conocer las
preferencias arancelarias del Acuerdo de Complementación Económica No. 53, suscrito
entre los Estados Unidos Mexicanos y la República Federativa de Brasil”.
§ El 5 de septiembre de 2022, “ACUERDO por el que se da a conocer las
Tasa Aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías
originarias de la República Oriental de Uruguay”.
§ El 5 de septiembre de 2022, “ACUERDO por el que se dan a conocer las
preferencias arancelarias aplicables a la República de Cuba de conformidad con
el Acuerdo de Complementación Económica No. 51 celebrado entre los Estados
Unidos Mexicanos y la República de Cuba”.
§ El 5 de septiembre de 2022, “ACUERDO por el que se da a conocer la
Tasa Aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías
originarias de la región conformada por México, Australia, Brunéi, Canadá,
Chile, Japón, Malasia, Nueva Zelanda, Perú, Singapur y Vietnam, que corresponden
a Australia, Canadá, Japón, Nueva Zelanda, Perú y Singapur”.
§ El 5 de septiembre de 2022, “Decreto por el que se establece la Tasa
Aplicable del Impuesto General de Importación para las mercancías originarias
de América del Norte”.
Cabe señalar, que dichas actualizaciones en las
tasas aplicables del impuesto general de importación tienen como objetivo
armonizar las disposiciones jurídicas que regirán la importación de mercancías originarías
de los Estados Parte de los Acuerdos Comerciales de México con la legislación
nacional.
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Ciudad de México
Septiembre 2022
El presente Flash Informativo
contiene información de carácter general y no pretende incluir interpretación
alguna de lo aquí comentado, por lo que no debe considerarse aplicable respecto
de un caso particular o bajo circunstancias específicas. La información aquí
contenida es válida en la fecha de emisión de esta comunicación; sin embargo,
no garantizamos que la información continúe siendo válida en la fecha en que se
reciba o en alguna otra fecha posterior. Por lo anterior, recomendamos
solicitar confirmación acerca de las implicaciones en cada caso particular.
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