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2021 – 23 Comercio Exterior

 

Homologación Carta de Porte SCT y Complemento CFDI

 

El 16 de diciembre de 2021, la Secretaría de Infraestructura, Comunicaciones y Transportes (SCT) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el “ACUERDO por el que se actualiza la Carta de Porte en Autotransporte Federal y sus servicios auxiliares”, mismo que entrará en vigor una vez que sea obligatorio el uso del complemento Carta Porte.

 

A través de la citada publicación, la SCT pretende armonizar el documento de transporte denominado Carta de Porte mercantil, con su homólogo de carácter fiscal, a saber, el complemento Carta Porte que a partir del 1° de enero de 2022 deberá incorporarse al Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) que se expida por el traslado de mercancías.

 

En este sentido, la SCT considerará como Carta de Porte mercantil al denominado complemento Carta Porte del CFDI a que se refieren las reglas 2.7.1.8, 2.7.1.9 y subsecuentes de la Resolución Miscelánea Fiscal (RMF), contenidos en archivo digital a través de dispositivos electrónicos o bien mediante su representación impresa.

 

Asimismo, el Acuerdo en comento señala que el complemento Carta Porte del CFDI de tipo ingreso será el título legal del contrato entre el transportista y el remitente o usuario que contrata el servicio, por cuyo contenido se decidirán las cuestiones que ocurran con motivo del servicio de transporte, siendo el instrumento comprobatorio de la recepción o entrega de las cosas, bienes mercancías o vehículo objeto de servicio, de su legal posesión, traslado o transporte, aplicable en el servicio de autotransporte federal de carga general o especializada en sus distintas modalidades, paquetería y mensajería, así como el servicio de arrastre y salvamento de vehículos.

 

Asimismo, se prevé que la SCT podrá verificar en Centros Fijos de Verificación de Peso y Dimensiones o a través de visitas de inspección, el cumplimiento del complemento Carta Porte incorporado al CFDI de tipo traslado o de ingreso, según corresponda, conforme a la normatividad aplicable, ello con independencia de las facultades de verificación conferidas a la Guardia Nacional.

 

Por último, se da a conocer el clausulado del contrato de prestación de servicios que ampara la Carta Porte que contiene las condiciones de prestación de los servicios de transporte de bienes, mercancías o vehículos, por los caminos y puentes de jurisdicción federal, que resultan obligatorias para todos los transportistas y formarán parte integral del CFDI de tipo traslado o ingreso con complemento Carta Porte, quedando en consecuencia abrogados los formatos de modelos de Carta de Porte, publicados en el DOF el pasado 15 de diciembre de 2015.

 

 

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Ciudad de México

   Diciembre 2021

 

 

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