Home >Estímulos Fiscales Bonos Corporativos y Enajenación acciones Bolsas Concesionadas




2021 – 31 Consultoría Fiscal   

 

Modificaciones Estímulos Fiscales Bonos Corporativos y Enajenaciones de acciones en Bolsas Concesionadas

 

 

El 23 de diciembre de 2021 se publicó en el Diario Oficial de la Federación un Decreto con modificaciones al Decreto originalmente publicado el 8 de enero de 2019, mediante el cual se otorgaron ciertos estímulos fiscales con el objetivo de que los beneficios en materia de intereses derivados de bonos y enajenación de acciones continúen fortaleciendo el mercado interno de capital privado.

 

Las modificaciones a los estímulos fiscales entrarán en vigor el 24 de diciembre de 2021 y los aspectos más relevantes son los que se explican a continuación, aunque recomendamos que el Decreto sea revisado a detalle en lo individual a fin de poder identificar oportunamente otros temas que pudieran ser de interés y que no se comentan en este Flash Informativo.

 

Estímulo bonos deuda corporativa

 

Como lo mencionamos en nuestro Flash 2019 – 2, el estímulo fiscal originalmente previsto en el Decreto consiste en un crédito fiscal equivalente al 100% del impuesto sobre la renta que se cause por intereses provenientes de bonos emitidos por sociedades residentes en México, colocados entre el gran público inversionista a través de bolsas de valores concesionadas en los términos de la Ley del Mercado de Valores, el cual será acreditable contra el impuesto sobre la renta que se deba enterar por la cantidad equivalente a la retención determinada conforme al artículo 166 de la Ley del ISR.

 

A través de este nuevo Decreto que modifica al Decreto original, se amplía el beneficio antes mencionado para incluir a los bonos emitidos por empresas productivas del Estado (p.e. Petróleos Mexicanos y la Comisión Federal de Electricidad), para lo cual se establece una definición de lo que debe entenderse como “bonos” que actualmente se encuentra prevista en la Resolución Miscelánea Fiscal vigente.

 

Estímulo colocación acciones en Bolsas Concesionadas

 

Como mencionamos en el Flash 2019 – 2, en términos generales, el estímulo fiscal consiste en que, durante los ejercicios fiscales de 2019, 2020 y 2021, las personas físicas residentes en México y las personas residentes en el extranjero podrán aplicar la tasa del 10% del impuesto sobre la renta a las ganancias que obtengan derivadas de la enajenación de acciones emitidas por sociedades residentes en México en las bolsas de valores concesionadas para ciertos casos muy específicos y acotados, siempre que se cumplan los requisitos previstos en el referido Decreto.

 

Las modificaciones realizadas al Decreto incluidas en este nuevo Decreto en relación con este estímulo fiscal son las siguientes:

 

a) Se amplía la aplicación del estímulo fiscal hasta el ejercicio fiscal de 2025.

 

b) Se modifica el requisito para gozar del estímulo fiscal relativo al valor contable de la sociedad mexicana residente en México emisora de las acciones, estableciendo que dicho valor no deberá ser mayor a $25,000,000,000, calculado previo a la oferta pública inicial. Esta modificación ya se había implementado a través de reglas de carácter general y ahora se incorpora en el texto del propio Decreto.

 

*     *     *     *     *

 

Ciudad de México

   Diciembre 2021

 

El presente Flash Informativo contiene información de carácter general y no pretende incluir interpretación alguna de lo aquí comentado, por lo que no debe considerarse aplicable respecto de un caso particular o bajo circunstancias específicas. La información aquí contenida es válida en la fecha de emisión de esta comunicación; sin embargo, no garantizamos que la información continúe siendo válida en la fecha en que se reciba o en alguna otra fecha posterior. Por lo anterior, recomendamos solicitar confirmación acerca de las implicaciones en cada caso particular.

AVISO LEGAL

TODOS LOS DERECHOS RESERVADOS ©2021, CHEVEZ, RUIZ, ZAMARRIPA Y CIA, S.C., AVENIDA VASCO DE QUIROGA #2121, 4° PISO, COLONIA PEÑA BLANCA SANTA FE, DELEGACIÓN ÁLVARO OBREGÓN, CIUDAD DE MÉXICO, MÉXICO.

Todo el contenido (publicaciones, marcas y Reservas de Derechos) antes mostrado es propiedad de CHEVEZ, RUIZ, ZAMARRIPA Y CIA, S.C., mismo que se encuentra protegido por la Ley Federal del Derecho de Autor, la Ley de la Propiedad Industrial y los Tratados Internacionales en los que el Estado Mexicano sea parte.

Todo uso no autorizado por cualquier medio conocido o por conocerse, ya sea de forma escrita, digital o impresa, será castigado y perseguido conforme a la legislación aplicable. Queda prohibido copiar, editar, reproducir, distribuir o cualquier otra forma de explotación, mediante cualquier medio, sin la autorización por escrito de CHEVEZ, RUIZ, ZAMARRIPA Y CIA, S.C.


Información de soporte