2022 - 1 Laboral
STPS publica proyecto de la NOM -
037 - STPS - 2022
El
15 de julio de 2022 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el
Proyecto de Norma Oficial Mexicana “PROY NOM 037 STPS 2022 Teletrabajo -
Condiciones de seguridad y salud en el trabajo”, la cual tiene por objeto
establecer las medidas de prevención de riesgos que deben adoptarse en los
lugares de trabajo en los que las personas trabajadoras bajo la modalidad de
teletrabajo lleven a cabo sus actividades, a fin de prevenir accidentes y
enfermedades, así como promover un medioambiente seguro y saludable en el
entorno en el que prestan sus servicios.
Es
conveniente recordar que, conforme a lo dispuesto por el artículo 330-A de la
Ley Federal del Trabajo, el teletrabajo es una nueva forma de organización
laboral conforme a la cual las relaciones laborales se desarrollan más del 40%
del tiempo en el domicilio de la persona trabajadora o en el lugar de su
elección y mediante el uso de tecnologías de la información.
El
proyecto de la NOM 037 estará abierto a consulta pública a efecto de que los
interesados, dentro de los 60 días naturales, contados a partir de la fecha de
su publicación, presenten sus comentarios ante el Comité Constitutivo Nacional
de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo.
Aunque
la versión publicada puede sufrir modificaciones, derivado del proceso de
consulta pública señalado, a continuación, se detallan los puntos más
relevantes de dicha publicación:
· Se presentan nuevas definiciones relevantes en materia
de teletrabajo, tales como: Factores de Riesgo Ergonómico, Factores de Riesgo
Psicosocial, Política de Teletrabajo, Riesgos de Trabajo (para
teletrabajadores), Desconexión Digital, entre otras.
· Se introducen nuevas obligaciones para los patrones y
centros de trabajo, destacando las siguientes:
- Contar con un listado actualizado de trabajadores que presten sus servicios bajo la modalidad de teletrabajo;
-
Implantar, mantener y difundir en el centro de
trabajo, una política de teletrabajo que, entre otras cuestiones: (i) Promueva
la cultura de la prevención de los riesgos de trabajo; (ii) Instaure mecanismos
de participación en el centro de trabajo, a fin de evitar el aislamiento social
del trabajador; (iii) Indique los mecanismos y
reglas de contacto y supervisión para el teletrabajo; (iv) Establezca la
duración del horario de labores o la distribución de los horarios de las
jornadas de trabajo; y (v) Señale los derechos de las personas
teletrabajadoras, que deberán ser iguales a los de los trabajadores
presenciales.
-
Contar con la validación de una lista de verificación
de las condiciones de seguridad y salud en el Teletrabajo con el objetivo de
que se cumplan las condiciones de seguridad y salud en el teletrabajo.
-
Proporcionar a los teletrabajadores: (i) Una silla
ergonómica o de otro tipo, apropiada a las actividades a desarrollar; (ii) Los
insumos necesarios para su adecuado desempeño; y (iii) Los aditamentos, en su
caso, que garanticen condiciones ergonómicas, y posturales, del trabajador en
su jornada laboral.
-
Proporcionar capacitación al menos una vez al año a
los teletrabajadores sobre las condiciones de seguridad y salud que deben tener
y mantener en su lugar de trabajo.
·
Por su parte, se incluyen nuevas obligaciones para las
personas teletrabajadoras, entre otras:
- Brindar al patrón, las
facilidades por escrito para una comprobación física de las condiciones de
seguridad y salud en el trabajo en cada lugar de trabajo acordado con el
patrón.
-
Informar al patrón cualquier alteración de las
condiciones de seguridad y salud en el trabajo, o caso de fuerza mayor, que
configure un cambio fundamental en las circunstancias que impidan el desarrollo
del teletrabajo en el lugar de trabajo acordado con el patrón.
-
Resguardar y conservar en buen estado los equipos,
materiales, útiles y mobiliario ergonómico que en su caso y de acuerdo con las
necesidades de su puesto o actividad.
· El proyecto de la NOM 037 consta de apartados
adicionales, los cuales contienen los requisitos que los patrones deberán
cumplir en materia de: (i) Condiciones de seguridad y salud en el trabajo; y
(ii) Capacitación y adiestramiento en relación con el teletrabajo.
· Se mencionan los Organismos de Evaluación de la
Conformidad, los cuales son los encargados de inspeccionar condiciones de
seguridad y salud en el trabajo a través de los Procedimientos para la
Evaluación de Conformidad. Al respecto se habla de cuatro puntos importantes:
-
El patrón tendrá la opción de contratar los servicios
de una Unidad de Inspección acreditada y aprobada en los términos de la Ley de
Infraestructura de la Calidad y su Reglamento, para evaluar la conformidad con
esta NOM 037.
-
Las unidades de inspección que evalúen el cumplimiento
de la NOM 037 deberán aplicar los criterios que, para tal efecto, prevé el
Procedimiento para la Evaluación de la Conformidad, contenido en el proyecto
publicado.
-
Las unidades de inspección acreditadas y aprobadas que
evalúen el cumplimiento de la NOM 037 deberán emitir, cuando el centro de
trabajo cumpla con lo previsto por la misma, un dictamen que cumpla con
diversos puntos, tales como: (i) Datos de identificación; (ii) número de
aprobación otorgado por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social; (iii) y,
en su caso, (iv) número de REPSE, entre otros.
-
La vigencia de los dictámenes emitidos por las
unidades de inspección será de dos años, siempre y cuando las condiciones de su
emisión prevalezcan.
· Respecto al Procedimiento para la Evaluación de
Conformidad, es importante mencionar que éste aplicará tanto en las visitas de
inspección desarrolladas por la autoridad laboral como a los servicios
prestados por las unidades de inspección contratados por el patrón. Los
aspectos por verificar durante la evaluación de la conformidad con la NOM 037
se realizarán en el domicilio que constituya el centro de trabajo, según
aplique, mediante la constatación física, revisión documental, registros o
entrevistas.
· La vigilancia del cumplimiento de NOM 037, le
corresponderá a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
· Por último, la NOM 037 contiene cinco guías de
referencia cuyo contenido se resume a continuación:
1. Lista de verificación
de las condiciones de seguridad y salud en el lugar de trabajo.
2. Selección de
candidatos para el teletrabajo.
3. Recomendaciones
de actividades previas para teletrabajar.
4. Política de teletrabajo.
5. Recomendaciones
para seleccionar una silla ergonómica.
Esta
Norma Oficial Mexicana es de aplicación general en toda la República Mexicana
para todos los patrones, centros y lugares de trabajo que cuenten con personas
que trabajen bajo la modalidad de teletrabajo.
Independientemente del procedimiento de consulta popular al que estará
sujeta la NOM 037, su versión definitiva entrará en vigor a los 180 días
naturales posteriores a su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
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Ciudad de México
Julio 2022
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