2022 – 6 Seguridad
Social
INFONAVIT – Reglas para reclamo de recursos
de subcuenta de vivienda
El 4 de marzo de 2022
fueron publicadas en el Diario Oficial de la Federación, las “Disposiciones de
Carácter General a que se refiere el artículo 37 de la Ley del Instituto del
Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (INFONAVIT)”, relativas al
mecanismo para recuperar, por el trabajador o sus beneficiarios, los recursos
de la Subcuenta de Vivienda que no hubieran sido reclamados en el plazo de 10
años y que hubieran pasado a formar parte de la reserva financiera generada con
esos recursos por el propio Instituto.
A través de estas
disposiciones se establecen los procedimientos y requisitos que deberán cumplir
los trabajadores y, en su caso, sus beneficiarios, para el reclamo de los
recursos que se hubieran aportado a la reserva financiera señalada, al no haber
sido reclamados en el transcurso del plazo de 10 años.
Se aclara que en caso de
que hayan transcurrido 10 años contados a partir de que un trabajador y, en su
caso, sus beneficiarios pudieron hacer exigible su derecho a recibir los
recursos de la Subcuenta de Vivienda y no lo hubieren hecho, podrán en todo
momento solicitarlos ante el INFONAVIT.
Recomendamos la revisión
específica de estas disposiciones para aquellos casos en que pudieran resultar
aplicables.
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Ciudad de México
Marzo 2022
El presente Flash Informativo
contiene información de carácter general y no pretende incluir interpretación
alguna de lo aquí comentado, por lo que no debe considerarse aplicable respecto
de un caso particular o bajo circunstancias específicas. La información aquí
contenida es válida en la fecha de emisión de esta comunicación; sin embargo,
no garantizamos que la información continúe siendo válida en la fecha en que se
reciba o en alguna otra fecha posterior. Por lo anterior, recomendamos
solicitar confirmación acerca de las implicaciones en cada caso particular.
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