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2024 – 2 Legal Administrativo

 

Inconstitucionalidad de la reforma a la Ley de la Industria Eléctrica

 

En sesión del 31 de enero de 2024, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, al resolver el amparo en revisión 164/2023, decretó como inconstitucionales diversas disposiciones de la reforma de la Ley de la Industria Eléctrica de 2021 al estimar que transgreden los principios de competencia y libre concurrencia que constitucionalmente rigen al sector eléctrico.

 

En específico, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó como inconstitucionales los artículos de la reforma de la Ley de la Industria Eléctrica de 2021 que pretendían, por un lado, introducir cambios en el orden de prelación en el despacho de energía eléctrica con la creación de los contratos de cobertura de energía eléctrica con compromiso de entrega física que solo podían celebrar algunos participantes del sector eléctrico (suministradores de servicios básicos), otorgándoles beneficios en la interconexión a las redes de transmisión y distribución de energía, así como en la asignación y despacho de energía; por otro lado, eliminar la obligación de los suministradores de servicios básicos de celebrar contratos de cobertura eléctrica mediante subastas, así como modificar el mecanismo para otorgar certificados de energías limpias incluyendo a generadores que originalmente no estaban contemplados.

 

Es importante mencionar que aunque la concesión del amparo tiene por efecto beneficiar únicamente a las empresas que presentaron el amparo, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación determinó darles efectos generales para mantener el equilibrio de los participantes del sector eléctrico.

 

Es importante mencionar que los fundamentos y razonamientos de la sentencia que nos ocupa permearán en las resoluciones de los amparos en revisión que están pendientes de resolverse en Tribunales Colegiados.

 

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Ciudad de México

Enero 2024

 

 

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