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2023 – 16 España

 

Valencia, Baleares y Canarias amplían los beneficios aplicables en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones

 

Durante este segundo semestre el año 2023, varias comunidades autónomas de España han optado por introducir reformas significativas en la normativa fiscal del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones (en adelante, el “ISD”), en aras de reducir la carga fiscal en adquisiciones inter vivos (donaciones) y mortis causa (herencias).

 

En primer lugar, Baleares aprobó con efectos desde el 18 de julio de 2023 las siguientes bonificaciones: (i) 100% de la cuota del ISD aplicable a las adquisiciones mortis causa, a favor de descendientes, ascendientes y cónyuge (grupos I y II de parentesco); (ii) 50% de la cuota del ISD aplicable a las adquisiciones mortis causa a favor de colaterales de segundo y tercer grado de consanguinidad del causante (i.e. hermanos, tíos y sobrinos, incluidos en el grupo III de parentesco); y (iii) 25% sobre la cuota del ISD aplicable a las adquisiciones mortis causa, a favor del resto de parientes incluidos en el grupo III de parentesco (i.e. suegros/as, yernos y nueras).

 

Hasta la entrada en vigor de esta modificación, únicamente se encontraba bonificada en un 99% la cuota del ISD aplicable a las adquisiciones mortis causa, a favor de descendientes y adoptados menores de 21 años (grupo I de parentesco).

 

Por su parte, el Gobierno de las Islas Canarias aprobó con efectos desde el 6 de septiembre de 2023 las siguientes bonificaciones: (i) 99,99% de la cuota del ISD aplicable a las adquisiciones mortis causa, a favor de descendientes, ascendientes, cónyuge, colaterales de segundo y tercer grado (i.e. hermanos, tíos y sobrinos), y ascendientes y descendientes por afinidad (i.e. suegros/as, yernos y nueras), incluidos en los grupos I, II y III de parentesco; y (ii) 99,99% de la cuota del ISD aplicable a las adquisiciones inter vivos, a favor de descendientes, ascendientes y cónyuge (grupos I y II de parentesco).

 

Hasta la entrada en vigor de esta modificación, únicamente se encontraba bonificada en un 99,99% la cuota del ISD a favor de descendientes y adoptados menores de 21 años (grupo I de parentesco). Para el resto de parientes, la bonificación aplicable se calculaba en función del importe de la cuota tributaria (i.e. a mayor cuota tributaria, menor bonificación).

 

Finalmente, la Comunidad Valenciana aprobó el 22 de noviembre 2023 aunque con efectos retroactivos para los hechos imponibles devengados a partir del 28 de mayo de 2023, las siguientes bonificaciones: (i) 99% de la cuota del ISD aplicable a las adquisiciones mortis causa e inter vivos, a favor de ascendientes, descendientes o adoptados y cónyuge (grupos I y II de parentesco); y (ii) 99% de la cuota del ISD para las adquisiciones mortis causa e inter vivos, a favor de personas con discapacidad física igual o superior al 65% o psíquica igual o superior al 33%, con independencia del grado de parentesco.

 

Hasta la entrada en vigor de esta modificación, únicamente se encontraba bonificada en un 50% la cuota del ISD aplicable a las adquisiciones mortis causa, a favor de ascendientes, descendientes o adoptados y cónyuge (grupos I y II de parentesco).

 

Estas tres comunidades autónomas se suman a la lista de comunidades autónomas donde el ISD entre parientes de grado más cercano está prácticamente eliminado, tendencia en la que la Comunidad de Madrid fue la pionera. Algunas comunidades también han bonificado la cuota del Impuesto sobre el Patrimonio (caso de Madrid, Andalucía o Galicia), aunque la aprobación del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas ha suprimido el efecto de dichas bonificaciones.

 

En cualquier caso, el aprovechamiento de estos beneficios en el ISD debe ser revisado con carácter previo a cualquier planificación. Así, la aplicación de la normativa autonómica puede depender de diversos factores como la residencia del causante, la residencia de los adquirentes o la ubicación de los bienes y derechos transmitidos.

 

La oficina de Madrid pone a disposición de nuestros clientes nuestro equipo experimentado en este tipo de análisis para ofrecer el asesoramiento sobre la estrategia fiscal más apropiada en función de la situación particular de cada persona.

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Madrid (España)

Diciembre 2023

 

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