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2023 – 1 Legal

 

Criterio SCJN: La compensación civil no es un medio válido de pago del IVA para efectos de su acreditamiento

 

El 15 de marzo de 2023, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió la contradicción de criterios 413/2022, determinando que la compensación civil (entre particulares) no es un medio a través del cual se pueda entender como efectivamente pagado el impuesto al valor agregado, por lo que, la misma no da lugar a su acreditamiento.

 

De la información dada a conocer, se puede advertir que la Segunda Sala de la SCJN sustenta su determinación en que la compensación sólo es una forma de determinar el momento en que se entienden por efectivamente cobradas las contraprestaciones para efectos de la causación del impuesto al valor agregado, más no así para considerar pagado dicho gravamen como requisito para su acreditamiento, ya que en términos del Código Civil Federal (CCF) la compensación de deudas fiscales está expresamente prohibida.

 

Consideramos desafortunado dicho criterio, ya que si en términos de la propia Ley del Impuesto al Valor Agregado, a través de la compensación se tiene por satisfecho el interés del acreedor y, por ende, como efectivamente cobrada la contraprestación para efectos de la causación del impuesto, de la misma forma debiera considerarse como efectivamente pagado el impuesto al valor agregado correspondiente para efectos de su acreditamiento.

 

De igual forma, consideramos que la prohibición a que hace alusión el CCF, corresponde a deudas relacionadas con obligaciones fiscales entre el contribuyente como sujeto pasivo y el fisco federal como sujeto activo (deudas fiscales), más no así a deudas entre particulares, máxime que la compensación del impuesto al valor agregado no genera una afectación al Fisco Federal pues el sujeto obligado a enterar el impuesto es quien lo traslada y no así quien lleva a cabo su pago a través de la figura de la compensación y quien tiene derecho a su acreditamiento.

 

Es importante señalar que la jurisprudencia sustentada con motivo de la resolución de la contradicción de tesis en comento será de observancia obligatoria para todos los órganos jurisdiccionales del país una vez que se publique en el Semanario Judicial de la Federación.

 

Tomando en consideración que la compensación es una figura común en materia transaccional para la extinción de obligaciones, sugerimos a nuestros clientes revisar sus operaciones para determinar la aplicación de dicha figura jurídica, a efecto de precisar el impacto que pudiera tener el criterio comentado.

 

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Ciudad de México

   Marzo 2023

 

 

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