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2023 – 1 España

 

 

Madrid reacciona al Impuesto de Solidaridad

 

 

Tal y como adelantamos en nuestro Flash 2022 – 19, el pasado 28 de diciembre se publicó la Ley 38/2022, de 27 de diciembre, en la que se incluye la creación del Impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas (en adelante, el “Impuesto de solidaridad”). El Impuesto se aplica en el propio ejercicio 2022 y en el 2023, tras haber superado la tramitación parlamentaria sin que la proposición del texto normativo haya sufrido modificaciones.

 

Este nuevo impuesto está diseñado para gravar a los residentes fiscales y patrimonios localizados en comunidades autónomas donde el Impuesto de Patrimonio está bonificado de forma total o parcial (fundamentalmente, la Comunidad de Madrid y Andalucía).

 

Frente a ello, la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, ha anunciado la interposición de un recurso de inconstitucionalidad contra este nuevo Impuesto de solidaridad, así como la solicitud de su suspensión cautelar. En su anuncio, se califica como “traición” la aprobación de este impuesto y se considera que incentiva la fuga de capitales no sólo de la región sino del país. Desde el punto de vista jurídico, la Comunidad de Madrid justifica el recurso en el hecho de que la aprobación de este nuevo impuesto ha supuesto la invasión de sus competencias autonómicas, así como una lesión de la seguridad jurídica al imponer su aplicación de manera retroactiva para todo el año 2022.

 

Mientras se resuelve el recurso y como contrapeso a la aprobación del Impuesto de Solidaridad, la presidenta de la Comunidad de Madrid ha anunciado la aprobación de un incentivo fiscal para contribuyentes del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (“IRPF”) que inviertan en la Comunidad de Madrid y que no hayan vivido en España en los cinco últimos años. Dada la configuración de este incentivo, sus beneficiarios serán fundamentalmente los extranjeros que pasen a ser residentes en España (y dentro de España, en Madrid) durante el año 2023.

 

En cuanto al importe del beneficio fiscal, la persona física que realice la inversión en Madrid (en cualquier tipo de activo, como inmuebles, empresas, productos financieros, etc.) podrá desgravarse el 20% del total de lo invertido, repartiéndolo entre sus declaraciones del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas de los siguientes seis años. De este modo, por ejemplo, una inversión de 1.000.000€ permitirá ahorrar 200.000€ en impuestos a lo largo de seis años.

 

En cualquier caso, aún no hay más información sobre los detalles técnicos de este incentivo y por ello habrá que esperar a disponer de un primer borrador para analizar su impacto real así como su encaje en el esquema de liquidación del IRPF.

 

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Para más información sobre estas u otras cuestiones relacionadas con derecho español, no duden en contactar a los socios de nuestra oficina en España:

 

Pere Pons

pere.pons@chevez.com

 

Miguel Bastida

mbastida@chevez.com

 

 

Madrid (España)

Enero 2023

 

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