2022 – 3 Legal
Administrativo
Reforma a la Ley Minera
Restricción explotación litio
A través de dicho Decreto, se establece una declaración de utilidad
pública por lo que respecta a la exploración, explotación, beneficio,
aprovechamiento y el resto de las cadenas de valor del litio, quedando
exclusivamente a cargo del Estado. De esta forma, dichas actividades quedaran a
cargo del organismo público descentralizado que para dichos efectos cree el
Ejecutivo Federal, para lo cual cuenta con un plazo de 90 días hábiles para
emitir el instrumento de creación del citado organismo público descentralizado.
En términos de lo anterior, a través de dicha reforma se establece que no
se otorgarán concesiones, licencias, contratos, permisos o autorizaciones
respecto de dicho material. De igual forma, se establece que aquellas zonas en
que existan yacimientos de litio serán consideradas zonas de reserva minera.
Considerando el alcance y
repercusiones que la reforma al Decreto tendría en perjuicio de particulares,
pudiera dar lugar a ciertos cuestionamientos desde un punto de vista
constitucional. Adicionalmente, pudiera discutirse si la citada reforma
contraviene lo dispuesto en diversos tratados de libre comercio, incluyendo el
T-MEC, afectando así a los particulares que
estaban considerando invertir para obtener concesiones para el uso,
aprovechamiento y explotación de litio.
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Ciudad de México
Abril
2022
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