2022 – 1 Contribuciones
locales
Facilidades Administrativas Impuestos Ecológicos Nuevo
León
El 4 de enero de 2022 fue publicado en el Periódico Oficial del Estado de
Nuevo León el “Acuerdo de facilidades administrativas en materia del “Impuesto
Ambiental por Contaminación en la Extracción de Materiales Pétreos”, del
“Impuesto por la Emisión de Contaminantes a la Atmosfera” y del “Impuesto por
la Emisión de Contaminantes en el Agua”, mismo que entró en vigor el día de su
publicación.
El Acuerdo contempla que, a
partir de la entrada en vigor del Decreto número 037 publicado en el Periódico
Oficial del Estado de Nuevo León, el 23 de diciembre de 2021, a través del cual
se crearon los impuestos ecológicos en el Estado, los causantes de los impuestos
“Ambiental por Contaminación en la Extracción de Materiales Pétreos”, “Por la
Emisión de Contaminantes a la Atmosfera” y “Por la Emisión de Contaminantes en
el Agua”, podrán optar por solicitar las facilidades administrativas para
efectos de acreditar contra el pago del impuesto a su cargo durante el
ejercicio fiscal 2022, el monto de las inversiones que comprueben haber
realizado durante los ejercicios fiscales 2021 y 2022, por concepto de gastos
en inversión en instrumentos o tecnología que tiendan a disminuir los efectos
contaminantes, particularmente la remediación ambiental, procesos verdes, la
inversión en filtros, protocolos de reducción de contaminantes, y métodos de
degradación de contaminantes. Dicha remediación se deberá realizar en el lugar
de la afectación de la contaminación.
Para efectos de optar por el
beneficio a que se refiere el Acuerdo, los contribuyentes deberán cumplir con
los siguientes requisitos:
I. Estar inscritos ante el
Registro Estatal de Contribuyentes (RFC) con la obligación de presentar la
declaración y pago definitivo mensual del impuesto.
II. Contar con domicilio
registrado dentro del territorio del Estado.
III. No contar con créditos fiscales
estatales no cubiertos a su cargo.
IV Presentar un Aviso, a más
tardar el día 17 del mes siguiente a aquél en el que se sitúe en el supuesto.
V. No tener impuesto medio
de defensa alguno en contra de contribuciones estatales; y,
VI. Estar al corriente con
el pago de las contribuciones estatales, por las que estuviera obligado al
momento de presentar el Aviso.
El Acuerdo de referencia
estará en vigor del 5 de enero al 31 de diciembre de 2022.
Recomendamos analizar en lo
particular la publicación para poder identificar oportunamente otros temas que
no se hayan comentado en este Flash informativo.
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Monterrey, Nuevo León
Enero,
2022
El presente Flash Informativo contiene información de carácter general y no pretende incluir interpretación alguna de lo aquí comentado, por lo que no debe considerarse aplicable respecto de un caso particular o bajo circunstancias específicas. La información aquí contenida es válida en la fecha de emisión de esta comunicación; sin embargo, no garantizamos que la información continúe siendo válida en la fecha en que se reciba o en alguna otra fecha posterior. Por lo anterior, recomendamos solicitar confirmación acerca de las implicaciones en cada caso particular.
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