2021 – 28
Consultoría Fiscal
Actualización Factura electrónica – Reforma Fiscal 2022
El 5 de diciembre de 2021 el Servicio de
Administración Tributaria publicó en su portal de Internet (www.sat.gob.mx) el apartado denominado “Actualización
Factura electrónica - Reforma Fiscal 2022”, en el cual se señalan diversos cambios
que tendrá la factura electrónica, a la que ha denominado “CFDI versión 4.0”,
así como diversos documentos relacionados.
Según señala la autoridad
fiscal en su propio portal de Internet, el contenido del referido apartado es
de carácter informativo y no crea derechos ni obligaciones distintos a los
establecidos en las disposiciones fiscales.
El “CFDI versión 4.0”
se ajustará para incorporar como datos obligatorios aquéllos que serán
considerados como tales en el Código Fiscal de la Federación a partir del 1° de
enero de 2022. Entre otros, destacan los datos relativos al nombre,
denominación o razón social, tanto del emisor como del receptor, así como el
código postal del domicilio fiscal del receptor y la indicación de la clave del
uso fiscal que este último le dará al comprobante fiscal.
La nueva versión del CFDI
también incorporará nuevos apartados para reportar información respecto de las
operaciones que se realicen por cuenta de terceras personas y de exportaciones
de mercancías, entre otros aspectos.
A partir del 1° de enero de
2022 también existirá la versión 2.0 del CFDI que ampara retenciones e
información de pagos en la que se deberá incluir de manera
obligatoria el nombre y domicilio fiscal del emisor y receptor. Esta nueva
versión permitirá que este tipo de comprobantes se relacionen con otros CFDI.
De igual manera, el
complemento para recepción de pagos contará con una versión 2.0 que incluirá nuevos campos
para identificar si los pagos de las operaciones amparadas son objeto de
impuestos, así como un nuevo apartado que mostrará el importe total de los
pagos realizados en moneda nacional e impuestos que se trasladen.
A través de una de las preguntas frecuentes
publicadas en conjunto con este nuevo apartado, se señala que existirá un
periodo de convivencia entre la versión 3.3 y la versión 4.0, el cual comprenderá
del 1° de enero al 30 de abril de 2022.
Recomendamos tener presente
el contenido dado a conocer por el Servicio de Administración Tributaria,
considerando que el mismo es de carácter de informativo.
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Ciudad de México
Diciembre 2021
El presente Flash Informativo
contiene información de carácter general y no pretende incluir interpretación
alguna de lo aquí comentado, por lo que no debe considerarse aplicable respecto
de un caso particular o bajo circunstancias específicas. La información aquí
contenida es válida en la fecha de emisión de esta comunicación; sin embargo,
no garantizamos que la información continúe siendo válida en la fecha en que se
reciba o en alguna otra fecha posterior. Por lo anterior, recomendamos
solicitar confirmación acerca de las implicaciones en cada caso particular.
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