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2021 – 17 Consultoría Fiscal   

 

Tasas efectivas ISR de Grandes Contribuyentes – SAT  

 

Durante el fin de semana fue difundido dentro del portal de Internet del Servicio de Administración Tributaria (sat.gob.mx) el análisis realizado respecto de los parámetros de referencia de las tasas efectivas de impuesto sobre la renta para la medición de riesgos impositivos correspondientes a 40 distintas actividades dentro de 5 sectores económicos, con base en el padrón de grandes contribuyentes. Dichas tasas podrán ser consultadas en la información soporte que se adjunta al presente.

 

Los 5 sectores que analizaron fueron (i) minería, (ii) industrias manufactureras, (iii) y (iv) comercio al por mayor; comercio al por menor (encaminados a industrias automotriz y farmacéuticas) y (v) servicios financieros y de seguros. A manera de ejemplo, dentro de los parámetros se prevén las tasas que se deben obtener en bancos, seguros, fianzas, sofomes, minería de oro y plata, fabricación automotriz, entre otros.

 

Conforme a lo señalado por la Autoridad, la información fue publicada para que los contribuyentes conozcan los resultados de procesos de análisis internos que el SAT realiza al padrón de grandes contribuyentes por los ejercicios fiscales de 2016 a 2019, en términos de las facultades otorgadas a la autoridad a partir del presente año, con el fin de facilitar el cumplimiento de obligaciones fiscales y que cada contribuyente pueda medir sus tasas contra las de la industria para medir sus riesgos impositivos, valorando, en su caso, corregir su situación fiscal para minimizar la posibilidad del inicio de revisiones “profundas”.

 

De igual manera, se informa que actualmente el SAT está realizando los análisis respecto a las tasas efectivas de impuesto de otras actividades económicas, las cuales serán dadas a conocer eventualmente mediante una publicación posterior en el propio portal.

 

La metodología empleada por la Autoridad se basa en parámetros fiscales, toda vez que las tasas efectivas dadas a conocer se calculan de dividir el monto del impuesto sobre la renta correspondiente al ejercicio fiscal, entre los ingresos acumulables de dicho ejercicio.

 

No obstante que esta publicación no se refiere únicamente a temas de precios de transferencia conforme a la sección de preguntas frecuentes de la página de Internet del SAT referente a este tema y del propio comunicado, es importante mencionar que los indicadores de utilidad conforme a la Ley del Impuesto sobre la Renta en la aplicación de los diferentes métodos de precios de transferencia se calculan con base en parámetros contables, conforme a las Normas de Información Financiera aplicables. Derivado de esta disparidad en las metodologías aplicadas, sugerimos que en lo particular se lleve a cabo una revisión atendiendo a los parámetros de tasa efectiva empleados por la Autoridad, lo cual permitirá a las empresas conocer su situación particular y comenzar a delinear el plan de acción correspondiente.

 

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Ciudad de México

   Junio 2021

 

 

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