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2021 – 15 Consultoría Fiscal   

 

Primera versión anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a la RMF para 2021

 

El 4 de mayo de 2021 se publicó en el portal de Internet del Servicio de Administración Tributaria (www.sat.gob.mx) la primera versión anticipada de la Segunda Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 2021, así como una nueva versión de su Anexo 1-A, mismas que se encuentran pendientes de ser publicadas en el Diario Oficial de la Federación (DOF), por lo que los comentarios del presente Flash Informativo pudieran ser modificados una vez efectuada la publicación definitiva.

 

A través de la citada publicación se modifica la regla 3.10.10. (Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio y el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación), para establecer que las organizaciones civiles y fideicomisos que contaron con autorización para recibir donativos deducibles del impuesto sobre la renta y omitieron presentar los informes de transparencia de ejercicios fiscales anteriores a 2020, podrán dar cumplimiento a las obligaciones omitidas, conforme a la ficha de trámite 156/ISR “Informe para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación, de ejercicios anteriores a 2020” contenida en la nueva versión del Anexo 1-A de la RMF que fue publicada.

 

Asimismo, las personas morales con fines no lucrativos o los fideicomisos a los que se les haya revocado o cancelado la autorización para recibir donativos deducibles, así como aquellas que presenten aviso de liquidación, cambio de residencia o suspensión de actividades, deberán poner a disposición del público en general la declaración informativa relativa a la transparencia del patrimonio y al uso y destino de los donativos recibidos correspondientes al ejercicio fiscal de 2021, dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha en que surta efectos la notificación del oficio de revocación o cancelación respectivo, de conformidad con la ficha de trámite 19/ISR “Declaración informativa para garantizar la transparencia del patrimonio, así como el uso y destino de los donativos recibidos y actividades destinadas a influir en la legislación”, contenida igualmente en la nueva versión del Anexo 1-A de la RMF que fue publicada.

 

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Ciudad de México

   Mayo 2021

 

 

El presente Flash Informativo contiene información de carácter general y no pretende incluir interpretación alguna de lo aquí comentado, por lo que no debe considerarse aplicable respecto de un caso particular o bajo circunstancias específicas. La información aquí contenida es válida en la fecha de emisión de esta comunicación; sin embargo, no garantizamos que la información continúe siendo válida en la fecha en que se reciba o en alguna otra fecha posterior. Por lo anterior, recomendamos solicitar confirmación acerca de las implicaciones en cada caso particular.

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