28-04-2010
Modificaciones IEPS
 
El día de hoy, 28 de abril de 2010, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el “Decreto por el que se adicionan y derogan diversas disposiciones de la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios”, mismo que entrará en vigor el día siguiente al de su publicación.

A través del citado Decreto se establece que no se pagará impuesto especial sobre producción y servicios por la enajenación o importación de alcohol, alcohol desnaturalizado y mieles incristalizables, sujeto al cumplimiento de ciertos requisitos formales. Asimismo, mediante disposición transitoria se establece que las personas físicas y morales que adquirieron o importaron dichos productos antes de la entrada en vigor del Decreto, podrán acreditar el impuesto que les hubiera sido trasladado en las adquisiciones realizadas o el que hubiesen pagado con motivo de la importación de los bienes mencionados.

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